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Abierto el plazo para solicitar las Ayudas Económicas de Emergencia Social en Santa Cruz de La Palma

Abierto el plazo para solicitar las Ayudas Económicas de Emergencia Social en Santa Cruz de La Palma
Abierto el plazo para solicitar las Ayudas Económicas de Emergencia Social en Santa Cruz de La Palma

El Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma ha abierto el plazo para solicitar las Ayudas Económicas de Emergencia Social correspondientes al Plan Concertado del Municipio para el año 2024. Esta convocatoria está dirigida a aquellas personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica y necesiten apoyo para afrontar los gastos básicos de su vida cotidiana.

Plazo de solicitud
El plazo para presentar las solicitudes está abierto hasta el 10 de abril de 2025.

¿Dónde se puede presentar la solicitud?
Las solicitudes pueden presentarse en el Registro Auxiliar de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma, ubicado en la calle José López nº17. El horario de atención es de lunes a viernes, de 9:00 a 13:00 horas.

Además, también es posible realizar la solicitud de forma telemática a través de la página web del Ayuntamiento.

Cita previa con el trabajador/a social
Para poder solicitar la ayuda, es necesario contar con una valoración previa de necesidad social por parte de los Servicios Sociales municipales. Los interesados deben contactar para solicitar una cita previa con el trabajador/a social correspondiente.

Los horarios de atención telefónica son de 9:00 a 13:00 horas, y el teléfono para obtener más información es el 922 418 400. También está disponible el correo electrónico asuntosociales@santacruzdelapalma.es.

Requisitos para solicitar la ayuda
Pueden solicitar estas ayudas las personas que cumplan con los siguientes requisitos:  
- Ser mayor de edad o estar emancipado legalmente.
- Estar empadronado y tener residencia efectiva en Santa Cruz de La Palma, con una duración mínima de 6 o 12 meses, según el tipo de ayuda solicitada.
- No disponer de recursos económicos suficientes para cubrir los gastos básicos necesarios.

Gastos subvencionables
Las ayudas pueden destinarse a cubrir los siguientes gastos:  
- Deudas de alquiler o hipoteca de la vivienda habitual.  
- Cuotas de comunidad de propietarios.  
- Tratamientos bucodentales.  
- Adquisición de gafas graduadas, prótesis auditivas y ortopédicas.  
- Ayudas técnicas para la vida diaria.

Para consultar las bases completas de la convocatoria y acceder al formulario de solicitud, los interesados pueden hacerlo a través del siguiente enlace: +Consulta las bases y accede a la solicitud aquí.

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