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El Gobierno canario convoca subvenciones PEPAC para transformación y comercialización de productos agrícolas

El Gobierno canario convoca subvenciones PEPAC para transformación y comercialización de productos agrícolas
El Gobierno canario convoca subvenciones PEPAC para transformación y comercialización de productos agrícolas

Las solicitudes para acceder a esta línea de ayuda deberán presentarse a través de la sede electrónica del Ejecutivo regional hasta el próximo 31 de octubre.

La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria del Gobierno de Canarias abre de nuevo el plazo de presentación de solicitudes para acogerse a las subvenciones destinadas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios procedentes de la agricultura del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC) 2023-2027.

El objetivo de estos fondos es la mejora del rendimiento y desarrollo económico de las empresas, fomentar los productos de calidad, mejorar la seguridad alimentaria, favorecer la creación de cadenas cortas de comercialización, potenciar la innovación y la transformación digital, el desarrollo de nuevos productos, la búsqueda de nuevos mercados y la valorización de subproductos agrarios, entre otros.

La ficha financiera total de esta línea de apoyo es de 6.915.000 € para todo el periodo de programación. Estas subvenciones están cofinanciadas por la Unión Europea a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Comunidad Autónoma y por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Las solicitudes para acceder a esta esta ayuda deberán presentarse junto a la documentación requerida a través de la sede electrónica del Ejecutivo regional en el enlace (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/9457) hasta el próximo 31 de octubre (incluido).

Las personas solicitantes deberán ser personas físicas o jurídicas, titulares de empresas que realicen la transformación y/o comercialización de los productos incluidos en el Anexo 1 del TFUE, o del algodón, exceptuando los productos de la pesca y de la acuicultura. Además, deberán tener actividad en transformación y/o comercialización de productos agroalimentarios en el momento de la presentación de la solicitud o que la inicien con el proyecto presentado con la solicitud.

No deberán estar sujetos a prohibiciones de la Ley General de Subvenciones (LGS); mantener la actividad y propiedad subvencionada durante al menos cinco años; no haber sido sancionadas por discriminación de sexo/género; realizar las inversiones después del acta de no inicio; presentar la solicitud de licencia, o comunicación previa, con fecha anterior a la finalización del plazo de presentación de solicitudes y obtener la licencia de obra antes del período de aceptación de la subvención; no estar en crisis empresarial según las directrices comunitarias, y cumplir las normas medioambientales e higiénicas de la convocatoria, entre otros condicionantes que pueden consultarse en la orden.

Deberán comprometerse, además, a cumplir las normas exigibles en materia medioambiental, higiénico-sanitaria, de ordenación sectorial, de evaluación ambiental, de residuos y suelos, así como de envases y residuos de estos. Además, en el caso de que se solicite la subvención para maquinaria o equipo, estos deben ser nuevos e instalarse de forma que permita la comprobación del número de serie. En inversiones para la generación de energías renovables, se respetarán los criterios de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero establecido en la directiva de energía renovable 2018/2001.

Es necesario la inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, y en el caso de industrias que no hayan iniciado su actividad con anterioridad a la presentación de la solicitud, deberán comprometerse a inscribirse en el plazo máximo de un año contado desde el último pago de la subvención.

En el sector de frutas y hortalizas y del plátano, las entidades solicitantes deberán estar reconocidas respectivamente como Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas (OPFH), o como Organizaciones de Productores de Plátano (OPP), de conformidad con la normativa vigente, o ser miembros de estas o sociedades participadas por las mismas.

El texto completo de la orden de convocatoria puede consultarse en el Boletín Oficial de Canarias (BOC): https://www.gobiernodecanarias.org/boc/2024/161/2621.html.

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